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PROGRAMA NEOTEC 2025

Descripción

El Programa NEOTEC 2025 se trata de una ayuda financiada por el patrimonio del CDTI, con el objetivo de apoyar la creación de empresas de base tecnológica con vocación de crecimiento, contribuir al emprendimiento y acelerar la transferencia de conocimiento desde organismos de investigación públicos y universidades. Asimismo, se prima la incorporación de personas con grado de doctor a la empresa para reforzar sus capacidades de absorción y generación de conocimiento.

El presupuesto total de esta convocatoria asciende a 20 millones de €. Dentro de este presupuesto se reservará un importe mínimo de 5 millones € para empresas lideradas por mujeres. A estos efectos se considera empresa liderada por mujeres, aquella que cumpla al menos uno de los siguientes criterios:

1. Órgano de administración integrado mayoritariamente por mujeres (>50% desde al menos tres meses antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes).

2. Titularidad mayoritaria del capital social de la empresa o participación relevante de mujeres en el proyecto objeto de la ayuda (>50% al menos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes).

Beneficiarios

Podrán adquirir condición de beneficiarias las sociedades mercantiles que cumplan los requisitos para considerarse empresa innovadora, y que tengan personalidad jurídica propia y residencia fiscal en España. 

Además, deberán de cumplir: 

  1. Deben ser pequeñas empresas (empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de €). 
  2. No deberán estar cotizadas, excepto las plataformas de negociación alternativa.
  3. Deberán estar constituidas como máximo en los 3 años anteriores a la fecha de cierre del plazo de  presentación de solicitudes y la escritura de constitución debe haberse otorgado como mínimo 6  meses antes a la solicitud de la ayuda. 
  4. No deberán haber distribuido beneficios. 
  5. No deberán haber surgido de una operación societaria de las contempladas en la Ley 3/2009, de 3 de abril. 
  6. Deberán contar con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 €. 
  7. Las entidades que, teniendo obligaciones de depósito de cuentas anuales en registro oficial, deberán tener las cuentas depositadas de al menos el 2023.

Entre las entidades que no podrán ser consideradas beneficiarias estarán aquellas con obligaciones de reintegro de subvenciones, las sociedades mercantiles públicas o las entidades sujetas a una orden de recuperación.

Características de las ayudas

  • La modalidad de la ayuda es de subvención
  • Se financiará el 70% del presupuesto de la actuación con un importe máximo de subvención de 250.000 €. 
  • Si la actuación incluye la contratación de un doctor, en los  términos previstos en las bases, se podrá financiar hasta el 85% del presupuesto con un importe máximo de subvención de 325.000 €. 
  • Adicionalmente, la cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 10.000 € en las actuaciones que hayan solicitado acceso a un curso en el “Enterprise Innovation Institute” de la Universidad de Georgia,
    en Atlanta,  y cumplan todos los requisitos indicados. 
  • La actuación deberá tener un presupuesto financiable mínimo de 175.000 €.
  • Las ayudas se solicitarán para actuaciones anuales o plurianuales. En todo caso, las actuaciones subvencionables deberán iniciarse el 1 de enero de 2026, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2026, en el caso de que el proyecto tenga una duración de un año, o bien el 31 de diciembre de 2027, si el proyecto tiene una duración de dos años.
  • Las ayudas podrán ser compatibles con la percepción de otras ayudas, siempre que no supere el coste total del presupuesto financiable del proyecto. Por otra parte, las ayudas serán incompatibles con cualquier otra ayuda NEOTEC previa o posterior a la concedida en virtud de la presente convocatoria, así como con cualquier otra ayuda concedida por las CCAA que declare expresamente la incompatibilidad con las ayudas NEOTEC.
  • Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. No obstante, no se adecúan a esta convocatoria los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia. Tampoco serán objeto de ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología.
  • El beneficiario podrá solicitar el pago anticipado de hasta el 60% de la subvención concedida, con un máximo de 150.000 euros.

Gastos subvencionables

Gastos destinados a la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo de este:

  1. Inversiones en equipos
  2. Gastos de personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar. El coste hora máximo financiable será de 45 €, incluyendo la seguridad social a cargo de la empresa.
  3. Materiales
  4. Colaboraciones externas /asesoría: No se admitirán costes relativos a la preparación de la solicitud de ayuda.
  5. Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros, gastos de viaje y gastos derivados del informe de auditor. 
  6. Subcontratación: podrán subcontratarse las actuaciones objeto de ayuda hasta el porcentaje máximo del 50% del coste total subvencionado. Cuando la actividad subcontratada  exceda del 20% del importe de la ayuda concedida  y dicho importe sea superior a 60.000 €, se deberá  realizar un contrato por escrito y deberá ser autorizado en el acto de concesión de ayuda.

Criterios de valoración

De forma general, los criterios de valoración son:

CriteriosPuntuaciónUmbral
CRITERIO 1. Tecnología e innovación del proyecto. Se valorará la tecnología propuesta, la necesidad tecnológica y su valor diferencial, la innovación y el reto técnico. Así mismo, se analizará el plan de gestión de la propiedad intelectual e industrial. También se tendrán en cuenta la calidad y claridad de la presentación de la propuesta. 0-3021
CRITERIO 2. Plan de explotación comercial del proyecto. Se valorará el modelo de negocio, la previsión de generación de ingresos, el mercado potencial, las barreras de entrada al mercado, la competencia y las ventajas del producto/proceso/servicio.0-3015
CRITERIO 3. Capacidad de gestión del equipo emprendedor involucrado en el desarrollo empresarial. Se valorarán la competencia y la formación y experiencia profesional previas en relación con el proyecto. También se tendrá en cuenta el grado de compromiso y la dedicación del equipo técnico y gestor con el proyecto empresarial y la capacidad de relación. También se valorará la vinculación del equipo con redes y entornos de apoyo al emprendimiento.0-3015
CRITERIO 4. Impacto socioeconómico y medio ambiental. Se valorará la creación de empleo prevista en el plan de negocio, las inversiones privadas movilizadas y las medidas orientadas a la igualdad de género, a la inclusión social y la sostenibilidad.0-10-

Para que una solicitud sea elegible deberá tener una nota final igual o superior a 50 puntos y obtener las notas mínimas en los umbrales de cada criterio. Se comenzará a evaluar en primer lugar el criterio 2 y no se continuará la evaluación si no se alcanza el umbral del criterio 1.

Plazo de presentación

Desde el día 12 de mayo hasta el día 12 de junio de 2025, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

Tramitación

Solicitud a través de la sede electrónica del CDTI: https://sede.cdti.gob.es/

Obligaciones

  • Dar publicidad de la ayuda obtenida.
  • Disponer de documentos originales acreditativos de los gastos justificados y de su pago, y que dichos documentos hayan sido reflejados en los registros contables.
  • Mantener la consideración de pequeña empresa durante el plazo de ejecución.
  • Mantener las exigencias del capital social previstas en el plazo de ejecución.
  • Mantener los requisitos de empresa liderada por mujeres.
  • Autorizar al CDTI para tener libre acceso a instalaciones y trabajos que constituyan el desarrollo del proyecto empresa.

Dudas

En el caso de que la subvención encaje con tu proyecto, contáctanos para ayudarte a gestionarla