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AYUDAS PARA LA ACELERACIÓN DE SECTORES ESTRATÉGICOS PARA LA TRANSICIÓN HACIA UNA ECONOMÍA DE CERO EMISIONES NETAS

Descripción

La Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico del Principado de Asturias ha publicado la convocatoria de ayudas para la aceleración de sectores estratégicos para la transición hacia una economía de cero emisiones netas con el objetivo de abordar el déficit de inversión en sectores estratégicos para la transición hacia una economía con cero emisiones netas y ofrecer incentivos que faciliten su despliegue, considerando las dificultades a escala mundial que suponen una amenaza de desvío de estas inversiones a terceros países, no pertenecientes al Espacio Económico Europeo.

La dotación presupuestaria para la concesión de las ayudas establecidas en esta convocatoria de ayudas es de 40 millones de € hasta 2027.

Beneficiarios

  • Las empresas privadas con personalidad jurídica propia válidamente constituidas, inscritas en el correspondiente censo o registro y que estén consideradas como gran empresa.

  • Las agrupaciones sin personalidad jurídica propia en las que participe, al menos, una entidad del punto anterior y, al menos, otra entidad, entendiendo como tal: las personas físicas que desarrollen actividades económicas, por las que se ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado y las empresas privadas con personalidad jurídica propia (pequeña, mediana y gran empresa) válidamente constituidas, inscritas en el correspondiente censo o registro y que hayan suscrito, antes de la presentación de la
    solicitud, el acuerdo de agrupación. 

Intensidad de la ayuda

La ayuda solo podrá acumularse con ayuda estatal en relación con los mismos costes subvencionables, total o parcialmente, si dicha acumulación no supera la intensidad de ayuda o el importe de ayuda más elevados aplicables con arreglo a cualquiera de las normas pertinentes. El importe total de la ayuda no podrá superar en ningún caso el 100% de los costes subvencionables.

La intensidad de la ayuda por categoría de empresa es la siguiente:

PequeñaMedianaGrande
40%30%20%

Para determinar la ayuda a proyectos/subproyectos de inversión de grandes empresas se tendrá en cuenta la ratio máxima de 80.000 € de ayuda por empleo creado, por lo que en este caso la ayuda será el mínimo de:

  • El 20% de los costes subvencionables del proyecto/subproyecto.

  • El resultado de multiplicar el número de empleos creados por el proyecto/subproyecto por la ratio de 80.000 € de ayuda por empleo creado.

Proyectos subvencionables

Podrán optar a estas ayudas las inversiones en proyectos de inversión empresarial generadores de empleo ubicados en el Principado de Asturias, cuyo fin sea:

  • La producción de equipos pertinentes para la transición hacia una economía de cero emisiones netas, a saber, baterías, paneles solares, turbinas eólicas, bombas de calor, electrolizadores y equipos de captura, almacenamiento y utilización de carbono.

  • La producción de componentes esenciales diseñados y utilizados principalmente como insumo directo para la producción de los equipos definidos en el apartado anterior, relacionados en el anexo I de la convocatoria.

  • La producción o recuperación de las materias primas fundamentales conexas necesarias para la producción de los equipos y componentes esenciales definidos en los apartados anteriores.

Para los proyectos de grandes empresas se deberán cumplir todos y cada uno de los siguientes criterios de elegibilidad:

  • Creación mínima de 5 empleos directos (no se contabilizan los de la fase de construcción).

  • Ratio máxima de 80.000 € de ayuda pública por empleo creado.

  • Mantenimiento del nivel de empleo creado, más la plantilla existente (atendiendo al promedio de los doce meses anteriores), durante un mínimo de 5 años.

  • Cubrir, al menos, el 30% de las necesidades de consumo de energía eléctrica de la instalación mediante energías renovables, por ejemplo, mediante acuerdos de compra de electricidad o inversiones directas en la generación de energía a partir de energías renovables (instalación de autoconsumo).

Gastos subvencionables

Los costes subvencionables se refieren a todos los costes de inversión en activos materiales (como terrenos, edificios, instalaciones, equipos, maquinaria) e inmateriales (como derechos de patentes, licencias, conocimientos técnicos u otra propiedad intelectual) necesarios para la producción o recuperación de los bienes recogidos en el resuelvo sexto, apartado 1.

Los activos inmateriales deberán:

  • Permanecer asociados a la zona pertinente y no transferirse a otras zonas.

  • Utilizarse principalmente en la instalación de producción pertinente beneficiaria de la ayuda.

  • Ser amortizables.

  • Adquirirse en condiciones de mercado a terceros no relacionados con el comprador

  • Incluirse en los activos de la empresa beneficiaria y

  • Permanecer asociados al proyecto para el que se concede la ayuda durante al menos cinco años, o tres años en el caso de las pymes.

Serán subvencionables los costes derivados de las adquisiciones de terrenos y de bienes inmuebles que de manera indubitativa sean imprescindibles para llevar a cabo la operación, esto es, que exista una relación directa entre la compra y los objetivos de la operación.

Solo será subvencionable los gastos de la adquisición de terrenos por un importe que no exceda el 10% del gasto total subvencionable de la operación que se trate. No obstante, lo anterior, en el caso de zonas abandonadas y de aquellas con un pasado industrial que comprendan edificios, este límite aumentará hasta un 15%.

Los costes de adquisición de bienes de equipo de segunda mano serán subvencionables siempre que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que conste una declaración del vendedor sobre el origen de los bienes y sobre que los mismos no han sido objeto de ninguna ayuda nacional o comunitaria.

  • Que el precio no sea superior al valor de mercado de referencia ni al coste de los bienes nuevos similares, acreditándose estos extremos mediante certificación de tasador independiente.

Se podrá subcontratar con terceros hasta el 100% de la actividad incentivada, en conformidad con el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. En caso de subcontratar parte o toda la actividad subvencionada, el beneficiario habrá de prever mecanismos para asegurar que los subcontratistas cumplan con el principio “no causar perjuicio significativo” y con el resto de las condiciones establecidas en las bases y en la normativa general de subvenciones.

Criterios de valoración

Los proyectos que tengan una puntuación inferior a 60 puntos no serán objeto de ayuda.

CriteriosPonderación Grandes EmpresasPonderación Pymes
Criterios de empleo40%30%
Criterios medioambientales/climáticos20%20%
Viabilidad técnica, económica y administrativa de los proyectos25%30%
Impactos socio/económico sobre el territorio15%20%

Presentación

Las solicitudes deberán realizarse de forma electrónica a través de la sede electrónica del Principado de Asturias de acuerdo con el procedimiento indicado en la ficha de servicio: AYUD0509T01.

La presentación de solicitudes se podrá realizar hasta el 14 de octubre de 2024 a las 23:59h.

Obligaciones

Dudas

En el caso de que la subvención encaje con tu proyecto, contáctanos para ayudarte a gestionarla.