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INVERSIÓN EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 2025

Descripción

Ayudas para la mejora del parque de maquinaria, equipos de trabajo, instalaciones u otros elementos de inmovilizado o bienes de equipo, que supongan la eliminación o reducción de riesgos laborales para las persons trabajadoras que presten sus servicios en el Principado de Asturias. 

Beneficiarios

Podrán obtener la condición de beneficiario todos los centros especiales de empleo sin ánimo de lucro, las empresas (incluidas las comunidades de bienes), y los trabajadores autónomos, cualquiera que sea su sector de actividad, que a fecha de presentación de la solicitud cumplan los siguientes requisitos:

  • Que ocupen trabajadores por cuenta ajena que presten servicios en el Principado de Asturias. Los trabajadores que figuren contratados a fecha de presentación de la solicitud deberán haber sido dados de alta, al menos un mes natural antes de dicha fecha.
  • Que hayan realizado o vayan a realizar actividades o proyectos que sean subvencionables por esta ayuda y que repercutan en dichos trabajadores.

Gastos subvencionables

Podrán ser subvencionables las siguientes inversiones y gastos: 

  1. Las siguientes inversiones dirigidas a la mejora del parque de maquinaria y equipos de trabajo, instalaciones y otros elementos de inmovilizado o bienes de equipo:
      • Anclajes y dispositivos anticaídas.
      • Móviles automotores cuyo uso implique riesgo de vuelco, excluidos los empleados en el transporte por carretera, marítimo o aéreo de pasajeros y mercancías.
      • Las categorías de máquinas incluidas en las normas de comercialización y puesta en servicio de las máquinas. 
      • Los empleados para la elevación de carga y sus accesorios.
  2. Adquisiciones y/o adaptaciones que supongan la eliminación o el adecuado control del riesgo de exposición a agentes químicos, físicos o biológicos.
  3. Adquisiciones o modificaciones que supongan la adaptación a puestos de trabajo compatibles con las trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia.
  4. Adquisiciones y/o adaptaciones que supongan la eliminación o reducción significativa de los riesgos del sistema músculo esquelético.

Podrán ser subvencionables las actuaciones realizadas desde el 4 de octubre de 2024 hasta el 3 de octubre de 2025. Se considerarán ejecutadas aquellas actuaciones que hayan sido facturadas y efectivamente pagadas en ese periodo.

La intensidad de la ayuda

La cuantía total de la convocatoria asciende a la cantidad de 755.000 euros, siendo la cuantía máxima de la ayuda del 40% del coste subvencionable, siempre que el coste no supere los siguientes importes máximos:

  • 4.000 € cuando el solicitante sea un Centro Especial de Empleo sin ánimo de lucro.
  • 20.000 € para el resto de solicitantes.

Criterios de valoración

ConceptosPuntuación máx.
1.RELATIVOS AL SOLICITANTE25
1.1. Número de trabajadores
Microempresa (hasta 9 trabajadores)12,5
PYMEentre 4 y 8
Gran empresa0
1.2 Sector Actividad
Silvicultura y explotación forestal, Pesca y acuicultura2,5
Resto de sectores0
1.3 Índice de siniestralidad
CNAE: 02, 03, 16, 225
CNAE: 01, 23, 24, 25, 41, 43, 493
CNAE: 05, 07, 08, 19, 28, 29, 30, 31, 38, 42, 50, 53, 871
Resto CNAE0
1.4 Pertenencia del solicitante a colectivos
Centros Especiales de Empleo2,5
Resto de entidades0
1.4 Implantación certificados de calidad
Certificación OHSAS/ISO450011,5
Certificación EFQM o ISO1
2.RELATIVOS AL PROYECTO25
2.1. Eliminación completa del riesgo25
2.2. Reducción apreciable del riesgo15

Presentación

Las solicitudes deberán ser presentadas a través de la sede electrónica del Principado de Asturias, introduciendo el código AYUD0163T01 en el buscador. 

El plazo para la presentación de solicitudes comienza el 4 de abril y finalizará el día 28 de abril de 2024.

Obligaciones

  • Justificar antes del 15 de octubre de 2025.
  • Ejecutar y justificar el proyecto.
  • Someterse a las comprobaciones de control financiero.
  • Comunicar la obtención de otras ayudas.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos auditados.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados por el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones. 

Dudas

En el caso de que la subvención encaje con tu proyecto, contáctanos para ayudarte a gestionarla

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