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PLANES DE INNOVACIÓN Y SOSTENIBILIDAD EN EL ÁMBITO DE LA INDUSTRIA MANUFACTURERA

Descripción

La presente convocatoria tiene por objeto la ejecución de planes innovación y sostenibilidad en el ámbito de la industria manufacturera en el marco del Plan de Recuperación, Transformación, y Resiliencia en el año 2023

Beneficiarios

Los beneficiarios de esta convocatoria podrán ser sociedades con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial, y que no formen parte del sector público. Los beneficiarios deberán desarrollar una actividad industrial durante al menos tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud. Se consideran actividades industriales las siguientes actividades: 

  • Actividades de producción a escala industrial
  • Actividades de valorización a escala industrial
  • Actividades complementarias a la producción industrial: envasado y empaquetado, depósito y almacenamiento, reparación de maquinaria
  • Actividades de servicios de la industria: diseño industrial, ensayos y análisis técnicos

Proyectos subvencionables

Los proyectos deberán enmarcarse en alguna de las siguientes líneas:

  • Línea de investigación, desarrollo e innovación: proyectos de investigación industrial, los proyectos de desarrollo experimental y/o los proyectos de innovación en materia de organización y procesos. 
  • Línea de innovación en sostenibilidad y eficiencia energética, serán susceptibles de ayuda las inversiones con carácter innovador destinadas a la protección del medio ambiente, a medidas de ahorro energético o energías renovables. 

Los proyectos deberán adaptarse a alguna de las siguientes prioridades temáticas:

  • Economía circular y ecoinnovación aplicadas a la mejora de las cadenas de valor
  • Descarbonización, eficiencia energética, nuevas fuentes de energía renovable y reducción de emisiones contaminantes
  • Materiales y productos avanzados
  • Innovación en procesos de calidad y seguridad
  • Innovaciones del proceso productivo derivados de los materiales y productos avanzados

Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el día siguiente a la presentación de la solicitud hasta un máximo de 24 meses. Además, se entenderá por inicio de los trabajos, bien el inicios de los trabajos de construcción en la inversión, o bien el primer compromiso para el pedido de equipos u otro compromiso que haga la inversión irreversible. 

Gastos subvencionables

Los gastos financiables en la Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación:

  •  Costes de personal
  • Costes de instrumental y material inventariable
  • Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia

Los gastos subvencionables para los proyectos enmarcados en la Línea de Innovación en Sostenibilidad y Eficiencia Energética: 

  • Aparatos y equipos de producción
  • Edificaciones e instalaciones
  • Activos inmateriales: adquisición de patentes, licencias, “know-how” o conocimientos técnicos no patentados
  • Colaboraciones externas

El IVA e IGIC no será financiable en ningún caso. Y los costes de edificación e instalaciones no podrán suponer más del 20% del coste financiable del proyecto.

Características e importe de la ayuda

Las ayudas concedidas podrán tener la forma de préstamo, subvención o una combinación de ambas. 

El importe de ayuda según las características de los beneficiarios, será como máximo:

  • 50% del presupuesto financiable en pequeñas empresas
  • 20% del presupuesto financiable  en medianas empresas
  • 10% del presupuesto financiable en grandes empresas para proyectos de la Línea de Sostenibilidad y Eficiencia Energética
  • 10% del presupuesto financiable en grandes empresas para proyectos de investigación industrial o de desarrollo experimental, en la Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación
  • 5% del presupuesto financiable para grandes empresas para proyectos de innovación en materia de organización y procesos, en la a Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación

Las ayudas concedidas en modalidad de préstamos reembolsable tendrán las siguientes características:

  • El importe nominal del préstamos estará acotado por: i) El Riesgo Vivo Acumulado de la empresa con la Dirección General de Industria y Pequeña y Mediana Empresa (en adelante, DGIPYME) no podrá superar en 5 veces los fondos propios de la entidad en el último ejercicio cerrado. ii) El importe nominal del préstamo a conceder no podrá superar la cifra de negocios media en los ejercicios 2021 y 2022. 
  • El plazo de amortización será de diez años, con un plazo de carencia de tres años
  • El tipo de interés será del 0%
  • El método de amortización serán las cuotas de amortización del principal serán anuales y de igual cuantía, y deberán satisfacerse una vez finalizado el plazo de carencia.

Intensidad de la ayuda

El importe total máximo convocado será de 188.000.000 euros de los que 114.000.000 euros serán en forma de préstamos y 74.000.000 euros en forma de subvención.

El presupuesto mínimo de conceptos financiables para cada proyectos será de 100.000 euros. Sin embargo, el importe máximo de subvención a percibir será de 4.000.000 euros por grupo empresarial. La financiación total a conceder, préstamo nominal más subvención, será como máximo del 80% del presupuesto financiable.

Dependiendo del tipo de proyecto, las intensidades brutas máximas del coste subvencionable del proyecto serán las siguientes:

Tipo de proyectoEmpresa no pymeMedianas empresasPequeñas y microempresas
Investigación industrial50%60%70%
Desarrollo experimental25%35%45%
Innovación en materia de organización y procesos15%50%50%
Protección del medio ambiente40%50%60%
Eficiencia energética30%40%50%

Criterios de valoración

ConceptoPuntuación máxima Umbral puntuación
Adecuación a las temáticas, a los tipos de proyectos de ayuda y los beneficiarios establecidos en la orden; y el cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo».Criterio excluyente
Efecto incentivador de la ayudaCriterio excluyente
Viabilidad económica financiera3015
Viabilidad técnica de la propuesta4020
El impacto socioeconómico y proyección tecnológica30Sin umbral

El coeficiente de valoración del riesgo económico-financiero, se calculará mediante la multiplicación sucesiva de los valores obtenidos en los siguientes parámetros, redondeando los números a los decimales: 

Presentación

El plazo de solicitud finalizará el día 28 de junio de 2023.

La presentación de solicitudes se realizará a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo:  https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas

Obligaciones

Dar publicidad de la ayuda obtenida.

Llevar un sistema de contabilidad aparte o asignar un código contable adecuado a todas las transacciones relacionadas con el proyecto.

Cuando las ayudas propuestas combinen préstamo y subvención, deberán presentarse resguardos de constitución de garantías separados para cada modalidad de ayuda.

Cuando el importe de ayuda solicitado sea mayor de 30.000 euros, se deberá dar cumplimiento a los plazos de pago previstos en la ley 3/204, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. 

Dudas

En el caso de que la subvención encaje con tu proyecto, contáctanos para ayudarte a gestionarla.