
Ayudas al Crecimiento Empresarial- Gijón Impulsa 2025
Descripción
Esta línea tiene por objeto el apoyo financiero para la elaboración e implementación de planes de consolidación y crecimiento empresarial de las iniciativas del municipio.
Este tipo de estrategias generan un interés por la modernización y sostenibilidad del tejido empresarial y suponen un efecto dinamizador en la actividad económica del municipio de Gijón y en el crecimiento del tamaño de las empresas para facilitar su posición en el mercado, tanto nacional como internacional.
Beneficiarios
Micropymes, pequeñas empresas, así como los empresarios/as individuales/autónomos con sede social, domicilio fiscal y centro de trabajo en el municipio de Gijón.
Además, deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Antigüedad mínima de 5 años a contar desde la fecha de alta censal a fecha de fin de plazo de solicitud.
- Importe neto de la cifra de negocio positivo.
- Las PYMES deben contar con uno o más empleados por cuenta ajena o uno o más socios de la empresa cuya relación con ella sea laboral.
Requisitos de los proyectos
- Los proyectos deberán ser viables técnica, económica y financieramente, siendo coherentes con el perfil de actividad, trayectoria y capacidad de la empresa, así como con los objetivos cualitativos y cuantitativos que planteen y la rentabilidad que se espera que ganen.
- Los proyectos no podrán consistir en actividades permanentes o periódicas, ni estar relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa, como los servicios de asesoría fiscal o de publicidad.
- Los proyectos se estructurarán en dos fases diferenciadas: Fase A: diagnóstico, análisis y elaboración del plan de consolidación y crecimiento de la empresa, y Fase B, implementación de ese plan.
- No se considerarán subvencionables los proyectos cuyo objetivo esté orientado al cumplimiento de requisitos legales, o la renovación de equipos o certificados.
Criterios de valoración
Existen unos criterios de valoración distintos para cada fase. La Fase A tendrá 3 criterios, mientras que la Fase B tendrá 4. Ambas fases tienen unas puntuaciones máximas de 100 puntos.
CRITERIO FASE A | PUNTUACIÓN |
---|---|
1. PLANTEAMIENTO Y DESARROLLO DEL PROYECTO | 40 |
1.1 Alineación con los ámbitos de especialización | 5 |
1.2 Identificación y claridad del objetivo | 17,50 |
1.3 Descripción situación actual de la empresa | 17,50 |
2. EMPRESA SOLICITANTE | 30 |
2.1 Evolución de la facturación últimos 3 años | 15 |
2.2 Evolución del empleo últimos 3 años | 15 |
3. EMPRESA CONSULTORA SELECCIONADA | 30 |
3.1 Empresa consultora: Experiencia previa | 9 |
3.2 Empresa consultora: Grado de especialización | 9 |
3.3 Empresa consultora: Integrantes del equipo | 9 |
3.4 Coherencia presupuestaria | 3 |
CRITERIO FASE B | PUNTUACIÓN |
---|---|
1. PLANTEAMIENTO Y DESARROLLO DEL PROYECTO | 40 |
1.1 Alineación con los ámbitos de especialización | 3 |
1.2 Identificación y claridad del objetivo | 14 |
1.3 Descripción situación actual de la empresa | 13 |
2. ACCIONES A DESARROLLAR | 30 |
2.1 Subcontrataciones previstas:especialización | 10 |
2.2 Coherencia presupuestaria | 10 |
2.3 Plan de trabajo y cronograma | 10 |
3. CAPACIDAD TÉCNICA SOLICITANTE | 28 |
3.1 Recursos materiales | 7 |
3.2 Integrantes del equipo | 7 |
3.3 Evolución de la facturación en los últimos tres años | 7 |
3.4 Evolución del empleo en los últimos tres años | 7 |
4. IMPACTO ECONÓMICO PREVISTO | 12 |
4.1 Impacto en la creación de empleo | 4 |
4.2 Impacto en el volumen de la cifra de negocios | 4 |
4.3 Mejora del posicionamiento en el mercado | 4 |
Intensidad de la ayuda
Los proyectos deberán de alcanzar una puntuación mínima de 60 puntos para acceder a la subvención, con base en los criterios establecidos.
La intensidad de las subvenciones será del 80% del presupuesto elegible.
La cuantía máxima a conceder para el desarrollo del proyecto será de como máximo 18.000 euros, siendo la subvención máxima a conceder para la Fase A de 5.000 euros, y de 15.000 euros para la Fase B.
Plazo de presentación
El plazo de solicitud para esta ayuda irá del día 1 al día 20 de septiembre de 2025.
La ayuda se podrá solicitar electrónicamente a través de la sede virtual del Ayuntamiento de Gijón/Xixón. https://sedeelectronica.gijon.es
Obligaciones
- Dar publicidad de la ayuda obtenida.
- Aquellos beneficiarios que obtengan una subvención superior a 30.000 €, deberán cumplir los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Duda
En el caso de que la subvención encaje con tu proyecto, contáctanos para ayudarte a gestionarla.

