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Ayudas al Crecimiento Empresarial- Gijón Impulsa 2025

Descripción

Esta línea tiene por objeto el apoyo financiero para la elaboración e implementación de planes de consolidación y crecimiento empresarial de las iniciativas del municipio.

Este tipo de estrategias generan un interés por la modernización y sostenibilidad del tejido empresarial y suponen un efecto dinamizador en la actividad económica del municipio de Gijón y en el crecimiento del tamaño de las empresas para facilitar su posición en el mercado, tanto nacional como internacional.

Beneficiarios

Micropymes, pequeñas empresas, así como los empresarios/as individuales/autónomos con sede social, domicilio fiscal y centro de trabajo en el municipio de Gijón.

Además, deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Antigüedad mínima de 5 años a contar desde la fecha de alta censal a fecha de fin de plazo de solicitud.
  • Importe neto de la cifra de negocio positivo.
  • Las PYMES deben contar con uno o más empleados por cuenta ajena o uno o más socios de la empresa cuya relación con ella sea laboral.

Requisitos de los proyectos

  • Los proyectos deberán ser viables técnica, económica y financieramente, siendo coherentes con el perfil de actividad, trayectoria y capacidad de la empresa, así como con los objetivos cualitativos y cuantitativos que planteen y la rentabilidad que se espera que ganen.
  • Los proyectos no podrán consistir en actividades permanentes o periódicas, ni estar relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa, como los servicios de asesoría fiscal o de publicidad.
  • Los proyectos se estructurarán en dos fases diferenciadas: Fase A: diagnóstico, análisis y elaboración del plan de consolidación y crecimiento de la empresa, y Fase B, implementación de ese plan.
  • No se considerarán subvencionables los proyectos cuyo objetivo esté orientado al cumplimiento de requisitos legales, o la renovación de equipos o certificados.

Criterios de valoración

Existen unos criterios de valoración distintos para cada fase. La Fase A tendrá 3 criterios, mientras que la Fase B tendrá 4. Ambas fases tienen unas puntuaciones máximas de 100 puntos.

CRITERIO FASE APUNTUACIÓN
1. PLANTEAMIENTO Y DESARROLLO DEL PROYECTO40
1.1 Alineación con los ámbitos de especialización5
1.2 Identificación y claridad del objetivo 17,50
1.3 Descripción situación actual de la empresa17,50
2. EMPRESA SOLICITANTE30
2.1 Evolución de la facturación últimos 3 años15
2.2 Evolución del empleo últimos 3 años15
3. EMPRESA CONSULTORA SELECCIONADA30
3.1 Empresa consultora: Experiencia previa9
3.2 Empresa consultora: Grado de especialización9
3.3 Empresa consultora: Integrantes del equipo9
3.4 Coherencia presupuestaria3
CRITERIO FASE BPUNTUACIÓN
1. PLANTEAMIENTO Y DESARROLLO DEL PROYECTO40
1.1 Alineación con los ámbitos de especialización3
1.2 Identificación y claridad del objetivo 14
1.3 Descripción situación actual de la empresa13
2. ACCIONES A DESARROLLAR30
2.1 Subcontrataciones previstas:especialización 10
2.2 Coherencia presupuestaria10
2.3 Plan de trabajo y cronograma10
3. CAPACIDAD TÉCNICA SOLICITANTE28
3.1 Recursos materiales7
3.2 Integrantes del equipo7
3.3 Evolución de la facturación en los últimos tres años7
3.4 Evolución del empleo en los últimos tres años7
4. IMPACTO ECONÓMICO PREVISTO12
4.1 Impacto en la creación de empleo4
4.2 Impacto en el volumen de la cifra de negocios4
4.3 Mejora del posicionamiento en el mercado4

Intensidad de la ayuda

 Los proyectos deberán de alcanzar una puntuación mínima de 60 puntos para acceder a la subvención, con base en los criterios establecidos.

La intensidad de las subvenciones será del 80% del presupuesto elegible.

La cuantía máxima a conceder para el desarrollo del proyecto será de como máximo 18.000 euros, siendo la subvención máxima a conceder para la Fase A de 5.000 euros, y de 15.000 euros para la Fase B.

Plazo de presentación

 El plazo de solicitud para esta ayuda irá del día 1 al día 20 de septiembre de 2025.

La ayuda se podrá solicitar electrónicamente a través de la sede virtual del Ayuntamiento de Gijón/Xixón. https://sedeelectronica.gijon.es

Obligaciones

  • Dar publicidad de la ayuda obtenida.
  • Aquellos beneficiarios que obtengan una subvención superior a 30.000 €, deberán cumplir los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Duda

En el caso de que la subvención encaje con tu proyecto, contáctanos para ayudarte a gestionarla.