
AYUDAS PARA LA ACCIÓN Y PROMOCIÓN CULTURAL
Descripción
El Ministerio de Cultura del Gobierno de España presenta esta serie de ayudas para la acción y promoción cultural, destinadas a las entidades sin ánimo de lucro que tienen por objeto apoyar las actividades y los proyectos específicos del sector cultural y creativo que sirvan para ayudar y apoyar a la profesionalización, innovación y progreso del mismo.
Estas ayudas tienen como finalidad fomentar aquellas actividades que contribuyan a generar contenidos culturales, y que apoyan la modernización y la profesionalización del sector cultural español.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas jurídicas sin ánimo de lucro de nacionalidad española, de cualquier estado miembro de la Unión Europea, o de los estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que tengan su residencia fiscal en España y que se encuentren legalmente constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los beneficiarios no podrán obtener ayudas en más de tres convocatorias consecutivas, y quedarán excluidas de las mismas las personas físicas, las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, las entidades con ánimo de lucro, así como las agrupaciones de interés económico (A.I.E.) y las uniones temporales de empresas (U.T.E.).
De igual forma, las personas o las entidades en quienes concurra algunas de las prohibiciones en los términos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de Subvenciones, no podrán obtener la condición de beneficiarios de estas ayudas.
Objeto y finalidades
- Fomentar la promoción y difusión de contenidos, productos y servicios culturales y, en especial, aquellos proyectos que promuevan la innovación y las tecnologías digitales con pleno respeto a los derechos de propiedad intelectual.
- Incrementar la profesionalización del sector cultural y creativo y su capacidad para generar empleo, potenciando la formación, especialmente aquellos proyectos o actividades que sirvan para mejorar la igualdad de género en el Sector Creativo y Cultural.
- Impulsar la vertebración, dinamización e internacionalización del sector cultural y creativo, en especial, cuando sirva a la imagen de España como potencia cultural.
- Promover la defensa de la propiedad intelectual, el derecho de acceso a la cultura, la sostenibilidad del Sector Creativo y Cultural, así como el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
- Estimular la participación del sector privado en la financiación de proyectos culturales y fomentar el mecenazgo cultural, así como la promoción de sinergias y alianzas con otros operadores culturales públicos y/o privados para vertebrar los sectores creativos y culturales y una oferta cultural equilibrada en todo el territorio español.
Gastos subvencionables
Serán considerados como gastos subvencionables aquellos que sean generados de manera directa en la realización de las actividades para las que se concede la ayuda, en los plazos de ejecución de la misma.
- Gastos de servicios de intérpretes y empresas de traducción simultánea.
- Alquileres de locales.
- Servicios técnicos para la realización de actividades.
- Edición de publicaciones en diferentes soportes.
- Publicidad y difusión de las actividades objeto de la ayuda.
También existen algunos gastos que serán subvencionables, pero que contarán con algunas limitaciones. Entre esos gastos se encuentran los gastos ordinarios derivados de las retribuciones del personal laboral, las dietas, los gastos de viaje, de alojamiento, las manutenciones o los gastos protocolarios y de representación.
Intensidad de la ayuda
Esta convocatoria cuenta con un presupuesto total de 1.990.000 euros, siendo la ayuda máxima que se puede solicitar en esta convocatoria de 50.000 euros.
Criterios de valoración
Se evaluarán las solicitudes a través de puntuaciones, con base en los siguientes criterios:
- La adecuación de la actividad proyectada al logro de las finalidades previstas en el artículo 1 de esta convocatoria (hasta 50 puntos).
- Planteamiento económico y organizativo del proyecto (hasta 35 puntos).
- Calidad artística y técnica del proyecto (hasta 15 puntos).
- Zonas afectadas por la DANA, siempre y cuando la solicitud haya alcanzado los 55 puntos en los criterios anteriores, el solicitante recibirá 5 puntos adicionales.
Si dos o más candidatos obtuvieran la misma puntuación, el empate se resolverá a favor de aquel que haya obtenido la nota más alta en el primero de los criterios según el orden en el que figuran relacionados en la convocatoria. Si el empate se mantiene, se atenderá a la obtenida en el segundo de los criterios y así sucesivamente.
Presentación
Hasta las 23:59 horas del día 18 de marzo de 2025, hora peninsular.
La presentación de solicitudes se realizará a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura. https://cultura.sede.gob.es/
Obligaciones
- Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda, sin que quepa cambio o modificación alguna del objeto o finalidad para la que se concedió.
- Justificar la ayuda.
- Someterse a las actuaciones de comprobación.
- Comunicar la obtención de otras subvenciones.
- Toda actividad subvencionada con estas ayudas, deberá incorporar el siguiente texto: “Actividad subvencionada por el Ministerio de Cultura”, con la incorporación del logotipo actualizado del Ministerio
de Cultura que permita identificar el origen de la ayuda. - Ser objeto de acciones de publicidad, difusión o comunicación.
- Respetar la normativa reguladora.
Dudas
En el caso de que la subvención encaje con tu proyecto, contáctanos para ayudarte a gestionarla.